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Pueblo Mapuche

Misión Internacional constata represión y criminalización al Pueblo Mapuche en la Araucanía

Misión Internacional constata represión y criminalización al Pueblo Mapuche en la Araucanía





El informe lanzado por Asociación Americana de Juristas y Asamblea Permanente por los DDHH da cuenta de la “incapacidad del Estado chileno en dar salidas institucionales al conflicto que data desde la ocupación del territorio indígena”, criminalizando al Movimiento Mapuche como política gubernamental, y siendo la represión una práctica institucionalizada.

Por Paulina Acevedo

Con la presencia de destacados juristas, entre los que se encontraban la abogada de derechos humanos Fabiola Letelier y el ex juez Juan Guzmán Tapia, la Asociación Americana de Juristas y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos dieron a conocer los resultados de la Misión Internacional que realizaron a la Araucanía, contenidos en su “Informe sobre la represión y criminalización del pueblo mapuche en Chile”.

El objetivo de la misión, integrada por abogados dicha Asamblea y de las ramas argentina y chilena de la Asociación Americana de Juristas, era constatar in situ las denuncias de violencia policial y violaciones sistemáticas a los derechos humanos del Pueblo Mapuche, realizando para ello entrevistas a dirigentes y autoridades tradicionales Mapuche, autoridades gubernamentales, y a los Presos Mapuche a los que se les ha aplicado la ley antiterrorista. Así como también recoger información sobre la legislación aplicada en los diversos conflictos y del status jurídico de los derechos del pueblo mapuche, para entregar un análisis técnico y explorar las posibles soluciones institucionales y jurisdiccionales.

Entre sus principales conclusiones, el informe asegura que existe una multiplicidad de factores históricos, jurídicos y territoriales que legitiman las demandas del pueblo mapuche, enfrentados a “la incapacidad del Estado en dar salidas institucionales al conflicto que data desde la ocupación del territorio indígenas”. Por el contrario, se evidencia una política gubernamental de criminalización del movimiento Mapuche, que sumado a esta “falta de respuesta del estado de derecho, pueden conducir a agrabar un conflicto mal abordado”.

El accionar de los agentes gubernamentales ha impedido, por otra parte, “la creación de mecanismos de participación legítima y efectiva de la comunidad”, instalándose más bien “mecanismos de manipulación y cooptación”. Métodos que son utilizados para fragmentar al pueblo mapuche y sus organizaciones, mediante cooptaciones donde” se premia a quien se asimila, a quien depone sus pretensiones y se castiga a quien lucha por sus derechos”.

Se da cuenta, también, que la política de tierras implementada por la CONADI y el Programa Orígenes “depende de recursos insuficientes, opera con procedimientos engorrosos y ha estado sujeta a políticas clientelares”. Y que las “políticas indigenistas, a través de los programas gubernamentales, no han generado cambios sustanciales en las condiciones de vida de los mapuche. Muy por el contrario, han generado y profundizado el conflicto”.

Recordando que el Convenio 169 de la OIT - el que piden sea ratificado sin reserva o interpretación alguna - establece no solo derechos de los pueblos indígenas sobre la tierra, sino también respecto del territorio y los recursos naturales que allí se encuentran, el informe denuncia la conflictiva relación existente entre macroproyectos nacionales y transnacionales de inversión y la preservación de los territorios históricos del pueblo mapuche. Argumentando que “las políticas públicas aplicadas, los daños ambientales producidos y las restricciones al manejo de los recursos naturales dan como resultado el despojo, la exclusión y la fragmentación del tejido social comunitario”.

Una reflexión especial tuvo el uso de la ley antiterrorista en contra de los mapuche, “aplicada como herramienta de persecución política” y el uso de testigos sin identificar que ésta permite, lo que en la práctica se ha traducido en faltas al debido proceso y al derecho a la legítima defensa resguardados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Chile en la década de los setenta.

A juicio de los juristas, “la presencia permanente de efectivos policiales y personas armadas no identificadas en la zona, el uso de armas letales y armamento de guerra por parte de carabineros y la disponibilidad de agentes del estado para la custodia de privados”, han puesto en grave riesgo y lesionado derechos fundamentales como la vida, la integridad física, el derecho a la libre circulación y la seguridad personal.

El fuero especial del que gozan los tribunales militares, integrado por oficiales en servicio sujetos a la cadena de mando y los que no le es requerida formación jurídica, les excluye de poseer “la independencia mínima necesaria para garantizar un juicio justo”, debiendo limitarse al juzgamiento de militares y policías en servicio activo, como lo estable la sentencia condenatorio de la Corte Interamericana contra Chile en el caso Palamara y las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos de la ONU, que Chile aspira integrar. Por el contrario, dichos tribunales están facultados para conocer todos los hechos donde se ven involucrados uniformados, incluso aquellos en que los afectados son civiles, existiendo hasta ahora completa impunidad a las causas seguidas por personas mapuche contra carabineros por uso excesivo de la fuerza y las muertes de Alex Lemún y Matías Catrileo.

En materia de justicia, el informe hace también ver las dificultades que encuentran las personas mapuche para acceder a servicios jurídicos particulares, tanto por falta de dinero como por temor de los propios abogados a representarlos. Quienes denuncian además “ineficiencias” por parte de las defensas oficiales, “evidenciada por la situación procesal de los presos mapuche y la falta de cuestionamiento a las graves faltas al debido proceso y descritas”. Se recuerda, a su vez, que de acuerdo al Convenio 169 de la OIT recientemente adoptado en el congreso, “la justicia nacional debería considerar las costumbres o el derecho consuetudinario de los pueblos indígenas…prefiriéndose tipos de sanción distintos al encarcelamiento”.

Como “dramática” fue considerada la situación de vulneración en que se encuentran los menores en las comunidades, expuestos a constantes allanamientos, interrogatorios ilegales y a presenciar la violencia y amenazas con que son tratados sus padres y familiar cercanos, lo que les ha provocado severos daños sicológicos, corroborados por los propios servicio de salud pública y denunciados – sin resultado positivo - ante los tribunales de justicia y recientemente a los organismos internacionales abocados a defender los derechos del niño. Esta situación se suma a la falta de “acceso a educación intercultural y bilingüe…y de niveles de vida, desarrollo y salud adecuados”.

Finalmente, el informe se refiere al rol jugado por los medios de comunicación en este contexto, señalando que, “en general, tratan las noticias relacionadas con los conflictos en que es parte la comunidad mapuche con parcialidad, prejuzgamiento, cercenamiento de la información, y en ocasiones incluso utilizando lenguaje racista”.


V. Recomendaciones

La misión se manifiesta preocupada por la nula información que existe en la opinión pública nacional e internacional sobre estos hechos. Por ello se propone elaborar un informe documentado para su difusión en estos ámbitos.

Asimismo la misión desea formular las siguientes recomendaciones a las autoridades nacionales:

1. Se brinde información detallada del grado de cumplimiento de las recomendaciones formuladas por el relator Especial de Pueblos Indígenas de la ONU en su informe de misión a Chile (2003), así como aquellas formuladas por Human Rights Watch y el Observatorio de Derechos de Pueblos Indígenas (2004), la Federación Internacional de Derechos Humanos (2006) y por el Comite de Derechos Humanos de la ONU (2007) en lo que atañe a hechos como los que aquí se han constatado.

2. Que la Presidencia de la República constituya una Comisión ad hoc que investigue, esclarezca y pueda formular recomendaciones para que cesen las violaciones a los derechos humanos aquí mencionados, se sancione a los culpables y se reparen los daños causados.

3. Se retire la presencia policial de las comunidades mapuche.

4. Se provean medidas especiales de protección y reparación a los miembros de comunidades que sufren traumas motivados por la violencia policial.

5. Se disponga el cese inmediato de los interrogatorios a niños en situación de aislamiento de los mayores y se provean sanciones para sus responsables.

6. Se garantice el libre ejercicio profesional de los integrantes de organismos de derechos humanos.

Pueblo Mapuche

www.observatorio.cl/contenidos/naveg/navTpl.php?id=20080417204233

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