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La Justicia de Neuquén reconoció el derecho de una comunidad sobre la tierra en que vive y desestimó las denuncias de una petrolera por “usurpación y turbación” contra los Mapuche que protestaban con cortes de ruta. Un fallo que sienta precedentes.

Por Darío Aranda - Página / 12 

Las comunidades aborígenes tienen derecho a impedir que empresas exploten sus recursos naturales. Así lo dictaminó, en un fallo que sentará precedente, la Justicia de Neuquén, al absolver a los miembros de una comunidad Mapuche, acusados por la petrolera estadounidense Pionner –en la actualidad Apache Corporation– de paralizar con sus protestas las actividades de la compañía. “Con este fallo, los pueblos originarios salimos fortalecidos. Por primera vez la Justicia reconoce que podemos hacer respetar nuestros derechos y las petroleras o mineras pensarán bien antes de meterse en nuestros territorios”, advirtió Martín Velásquez Maliqueo, referente de la comunidad Logko Puran, ubicada a 30 kilómetros de Cutral-Có, y uno de los acusados por la empresa. En 2001, la multinacional había ingresado a tierras comunitarias y exploró, perforó pozos petroleros y construyó oleoductos. La comunidad se organizó y comenzó con cortes de ruta y movilizaciones para impedir el ingreso de maquinarias. En una insólita medida, la compañía denunció por “usurpación y turbación (obstrucción)” de la propiedad a la comunidad aborigen, que habita ese lugar desde hace 200 años. El fallo no se pronuncia sobre si la empresa puede o no continuar con la explotación petrolera, pero al legitimar la protesta, indirectamente, establece que esa explotación debería ser negociada con los habitantes ancestrales de esa tierra. Y sienta un precedente jurídico para decenas de conflictos donde sectores empresariales y estatales invaden territorios de pueblos originarios.

“A pesar de la criminalización de la protesta social que existe en Neuquén y del atropello que sufrimos por parte de las multinacionales, tenemos derechos, los hicimos valer con acciones directas y lo volveríamos a hacer porque es nuestro territorio y nuestra vida. Los que debieran ser juzgados son otros, los empresarios y políticos, que permiten el saqueo”, retrucó Maliqueo, dirigente de la comunidad Logko Puran.

El artículo 75 de la Constitución Nacional, el artículo 53 de la Constitución de Neuquén y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (pacto internacional al que Argentina suscribió) legislan sobre el reconocimiento de los territorios comunitarios y remarcan la obligación de “asegurar la participación indígena en la gestión de sus recursos naturales”.

El abogado de la Confederación Mapuche de Neuquén, Juan Manuel Salgado, tomó esas tres normas y en ellas basó su alegato de defensa. Además, criticó el papel del fiscal, que había solicitado nueve meses de prisión. “Exhibió un desconocimiento total del valor de los tratados internacionales y de la legislación nacional. Cree que aún estamos en época de la Campaña del Desierto. Por eso fue muy importante que la sentencia haya mencionado el derecho indígena, ya que el sistema judicial de Argentina rara vez implementa la legislación específica, que reconoce y regula los derechos de los pueblos originarios.”

En muchos litigios no se reconocen estos derechos, pero el Tribunal de Zapala fue una excepción. La sentencia subraya: “Se pone de manifiesto que no se trató de ningún tipo de agresión ni de un acto de entorpecimiento o agresivo. (...) Y particularmente se nota el incumplimiento de lo específicamente normado en el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional y 53 de la Ley Fundamental de la Provincia del Neuquén, en tanto aseguran la participación de los pueblos indígenas en la gestión de sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten, en razón de que no sólo no se efectuó ninguna consulta con la comunidad para llevar adelante las obras por la empresa Pionner, sino que además no obtuvieron respuesta alguna ante los múltiples reclamos efectuados en relación a los daños ya enunciados”.

La comunidad Logko Puran vive desde hace más de 200 años sobre la ruta nacional 22, a 30 kilómetros de Cutral-Có, en el centro de la provincia de Neuquén. En 2001, las empresas petroleras Repsol y Pionner irrumpieron en territorio mapuche –con autorización del gobierno provincial– y confirmaron la existencia de petróleo y gas. La comunidad se reorganizó e inició acciones para impedir el trabajo de las compañías: cortes de ruta, movilizaciones y acciones judiciales. Pero Pionner acusó a autoridades de la comunidad por “usurpación y turbación (obstrucción)” de la propiedad donde siempre vivieron. La denuncia prosperó e imputaron a Martín Velásquez Maliqueo y Fidel Pinto, de la comunidad Logko Puran, y Roberto Ñancucheo y Florentino Nahuel, de la Confederación Mapuche de Neuquén.

Así comenzó un proceso de testificación y de presentaciones ante la Justicia, que llegó a juicio en 2005. Por más de un año y medio, los jueces que intervinieron en la causa se declararon incompetentes, sin motivo alguno. Luego de varias postergaciones, el lunes 11 de junio, con tres horas de demora y un centenar de mapuches a la espera de un fallo ejemplar, comenzó el juicio en Zapala. La secretaria de juzgado realizó las preguntas de rigor. Al solicitar la nacionalidad, tres de los cuatro acusados no dudaron: “Mapuche”, remarcaron. Luego comenzó toda una serie de interrogatorios sobre quién había construido el camino vecinal, cuánto tiempo hacía que habitaban el lugar, cómo fueron los cortes y el accionar al llegar la empresa. En un clima tranquilo, nada hacía esperar un fallo adverso, hasta que el fiscal Héctor Trova restó importancia a la jurisprudencia que reconoce los derechos indígenas, solicitó nueve meses de prisión para los acusados y se postergó el fallo una semana.

A las 12.30, el presidente del tribunal, Héctor Luis Manchini, fue conciso: absolvió a los acusados y refirió en su escrito al derecho indígena.

“Este fallo tiene que ser un caso testigo, porque son decenas las causas donde los pueblos indígenas defienden sus territorios frente a enormes empresas. Es hora de que la Justicia comience realmente a hacer justicia”, remarcó Martín Maliqueo.

Según datos oficiales, en Argentina vive medio millón de indígenas, de 22 pueblos diferentes. Sin embargo, las organizaciones de pueblos originarios y las entidades que acompañan su lucha mencionan cifras mayores: un millón y medio. En lo que sí coinciden ambas fuentes es en que el Pueblo Mapuche es el más numeroso (uno de cada cuatro indígenas de Argentina es mapuche), con fuerte presencia en Buenos Aires, Chubut, Río Negro y Neuquén. Y también coinciden en señalar el epicentro de los conflictos: el despojo de territorios, sobre todo por petroleras, mineras y el monocultivo (soja y pinos).

La comunidad Logko Puran remarcó que continuará con cortes y movilizaciones. Exige la restitución de “territorios usurpados por multinacionales, el Estado y privados amigos del poder”, moratoria para toda concesión hecha sobre Territorio Mapuche, impulsar el uso de tecnologías sustentables no contaminantes y crear mecanismos de participación real en donde el pueblo mapuche sea quien administre su territorio y recursos naturales.

Pueblo Mapuche

www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-86855-2007-06-20.html

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