identificarme


Click aquí para registrarte
¿Olvidaste tu clave?

Bariloche, domingo 22, septiembre 2024
   │  » Ver pronóstico

Datos del Anunciante

Pueblo Mapuche

Desalojo en Vuelta del Rio: Para el tribunal los policías no cometieron ningun delito

Desalojo en Vuelta del Rio: Para el tribunal los policías no cometieron ningun delito





El juicio que investigó el accionar de doce policías que protagonizaran el desalojo de la familia Fermín, allá por el año 2003, finalizó con la absolución de todos los imputados. Las tres magistradas integrantes del tribunal entendieron que el accionar del personal policial se ajustó a la orden judicial que habían recibido. La misma coincidencia se reflejó en los serios cuestionamientos realizados al contenido de la orden judicial y la falta de previsión que esta presentaba frente a lo complejo de la situación. Para la Cámara el personal policial “trató en todo momento de evitar mayores perjuicios a los ocupantes, que los que la propia orden les acareaba”.

Por Sonia P. Vaamonde

“Tal como lo refirió el Dr. Zacchino, el objeto de este debate, que se circunscribe a determinar si las acciones llevadas a cabo por el personal policial es delito, y en su caso que reproche se merece, tangencialmente tiene relación con la causa principal en la que se investiga el delito de usurpación que se le imputa a Mauricio Fermín, y con otra acción civil de reivindicación contra integrantes de la Comunidad Aborigen de Vuelta del Río, como así mismo tuvo implicancias en el jury del Dr. José Colabelli, que en ese momento era Juez de instrucción de la causa principal donde se dispuso la medida cautelar. Por todas esas circunstancias, tendré especial cuidado al tratar la prueba y valorar los hechos, para no salirme del estrecho marco del objeto procesal de este debate, ya que durante el transcurso del mismo, hemos escuchado los testimonios de aborígenes ancianos y jóvenes, que trajeron la impronta de sus luchas, sus tragedias, su apego al terruño, su desesperanza y en sus vivencias se mezclan historias, emociones, pasado y presente, interpretando lo que vivieron desde ese lugar. Escuchamos al Dr. Héctor Sarquís, representante del actor civil y querellante ya fallecido, quien trajo la otra versión, otra lucha, otra visión de un reclamo no resuelto, también con su pasión, y por último el Juez de aquella causa, quien no puede separar este hecho de lo que le tocó vivir en el jury. De todo esto y después de dos días de debate, rescato el juicio, como el espacio que permite recrear historias que envuelven a gente de carne y hueso y que afecta de distinta manera y con esa materia prima estamos llamadas a resolver un conflicto, que también va a generar distintos efectos; es el rol que debemos cumplir, con el fin último de lograr la pacificación social.” Con estas palabras la Dra. Nelly García abrió su voto, segundo en el orden sorteado.


La lógica que acompañó al procedimiento

La Dra. Cristina Jones inició la lectura de la sentencia con un detallado análisis de toda la prueba producida en el juicio y de las posturas alegadas por cada una de las partes. Uno de los puntos centrales del análisis estuvo centrado en el obrar de los policía al desarmar la vivienda que fueron a desalojar y si ese accionar fue o no lícito. Para definir esto uno de los aspectos considerados es si se concretó el lanzamiento de los ocupantes de la vivienda, previo a realizar la restitución a El Khazen. Al respecto la Dra. Jones reflexionó que “huelga decir que si se hubiera suspendido dicha entrega hasta que los Fermín se hubieran retirado por sus propios medios del lugar, o hubieran sido lanzados por la fuerza pública atento la resistencia al deshaucio que ya se estaba gestando con la llegada de otros integrantes de la Comunidad de Vuelta del Río, como eran las nombradas Segunda Huenchunao y Fidelina Huilinao, Daniel Calfupán y Hugo Retamales, seguramente esta causa no se hubiese iniciado.- Pero puestos frente a los hechos consumados, luce también razonable el convencimiento alegado por Brandt en su descargo, de que al momento de disponer la restitución a El Khazen, los Fermín se iban a retirar, ya que tanto Uberlinda Jones como Rogelio Fermín, ya se habían retirado, aparentemente a buscar un lugar para llevar las cosas o autorización de algún vecino para trasladar los animales y Don Mauricio Fermín también se había dirigido con el carro cargado, como vimos en dirección hacia lo de Calfupán.”

En ese contexto, Brandt decidió restituir la propiedad a El Khazen y este tomó la decisión de derrumbar la casa para evitar que los “usurpadores” regresasen. Las juezas entendieron que con la escueta orden judicial, los policías no contaban con elementos que les permitieran pensar que El Khazen podía no tener derecho a hacer algo así. “Y es en ese contexto fáctico que el Oficial Brandt, decide efectivizar la segunda parte de la encomienda que era la restitución del predio a El Khazen y este toma la decisión y la iniciativa de desarmar la casa, ignorando también, seguramente, que el desalojo se había ordenado no en el marco de una sentencia definitiva, sino como medida cautelar, pero en la convicción transmitida a los Policías y testigos civiles presentes, de que si dejaba la casa en pie, los supuestos usurpadores volverían a ocuparla”, indicó Jones. Cuando el beneficiario de la orden manifestó que iba a destruir la casa, Brandt le dijo que la orden que tenía era restituírsela y que lo que él hiciera con la casa no era de su incumbencia. “…Por lo que El Khazen empezó a tirar algunos adobes, entonces el le dijo que podrían desclavar las chapas y sacar las aberturas para que la gente pudiera llevárselas y aprovecharlas, a lo que el nombrado le dijo que no tenía ningún problema.- Intencionalidad y actitud policial que se compadece con la forma en que en definitiva se desarmó la casa, ya que si la intención hubiera sido solo la de destruir para evitar un nuevo asentamiento de los Fermín, no se habrían apilado las chapas, acomodados algunos bloques, extraído las aberturas sin romper los vidrios, enrollado prolijamente los alambres tejidos, conforme pudimos apreciar en el video exhibido en el debate, en forma coincidente con lo relato en el mismo por los testigos”, sostuvo la magistrada.


De haber estado ahí otra hubiera sido la impresión

La Dra. Jones se refirió a la impresión que les dejó lo que vieron a los testigos que llegaron al lugar de los hechos cuando el procedimiento ya había finalizado. “Seguramente que puestos en la situación de los testigos mencionados y en el marco de dudas que el caso planteaba, con relación a la existencia de orden judicial y al derecho de ocupación que reivindicaba toda la comunidad, a la vista de la destrucción de todo cuanto había sido la ocupación ejercida por el Sr. Mauricio Fermín y su familia y la presencia de ellos junto con otras personas permaneciendo o resistiendo a la intemperie, frente a la presencia policial, hubiéramos tenidos las mismas impresiones y los mismos sentimientos que los nombrados, pues debe convenirse con el Sr. Fiscal en este aspecto, que tal estado de cosas no podía menos que vincularse a metodologías estaduales hoy inaceptables, en el marco del estado de derecho. Pero no obstante ello, reitero mi convicción, de que puesta la autoridad policial, en la difícil obligación de tener que cumplir la orden judicial, en la forma en que había sido dispuesta, su accionar se ajustó a la misma, al modo en que se fueron precipitando los sucesos dentro de una situación dinámica que se fue desarrollando durante horas y a la intención o al criterio de causar el menor daño posible a los desocupados, según lo invocaron fundamentalmente los acusados Brandt y Quijón, en el transcurso de sus alegatos finales.”


No hubo mortificaciones inflingidas por la policía

Esto entendieron las juezas. El Fiscal había planteado que Mauricio Fermín, Rogelio Fermín y Carmen Uberlinda Jones, sufrieron mortificaciones morales excesivas y abusivas, al producirse la destrucción de la vivienda, alambrados, cercos, huerta, etc, en su presencia, así como también que no se les permitiera utilizar sus pertenencias para abrigarse y subsistir en el lugar. Las Juezas comprendieron que esto no ocurrió así, según lo que se probó en el juicio. “…Se ha probado en forma indiscutible que si los nombrados padecieron las consecuencias negativas de quedarse sin vivienda, fue porque no se tomó ninguna previsión al respecto antes de librarse el mandamiento y porque decidieron por propia voluntad permanecer en el lugar prácticamente a la intemperie o guarecidos bajo unas chapas, movidos por su determinación de resistir el desalojo.- Huelga decir que ningún dominio sobre esa situación tuvo el Oficial Brandt ni el personal a su cargo.- Por ello, reitero, que los padecimientos sufridos por los integrantes de la Familia desalojada, tuvieron su génesis en el modo en que judicialmente se dispuso el desalojo sin tomarse ninguna previsión al respecto y en su propia decisión de permanecer en el lugar.”


Los insultos de Flores

En cuanto a las mortificaciones físicas y verbales abusivas que la Fiscalía imputó a Miguel Ángel Flores, dolosamente, contra dos ancianas y un hombre, para evitar el modo en que los animales eran arriados, la Dra. Jones sostuvo que la prueba producida permite tener por acreditadas las manifestaciones verbales referidas, algunas de las cuales pueden ser atribuidas a Miguel Angel Flores”. “Las palabras o frases escuchas por los testigos pueden configurar un acto material significativamente ofensivo de la dignidad del destinatario del mismo, pero fueron dichas en el transcurso de una situación tensa o enojosa en la que el personal policial pretendía arrear los animales en una dirección y los particulares que allí se interpusieron trataban de impedirlo, lo que además lograron, según lo dicho por las mismos participantes. Por ello, la entidad del comentario o del insulto parece responder más a una increpación, porque la Sra. Huenchunao se había interpuesto en la tarea policial llevada a cabo sobre animales que el personal policial entendía que no le pertenecían a ella.- En base a ello surge dudoso también que Flores haya tenido la intencionalidad típica de mortificar, denigrar o humillar a las personas mayores allí presentes o fue un mero comportamiento descomedido como reacción al accionar de aquellos.- La duda planteada no me permite formar convicción certera sobre la configuración en el caso, del grave delito previsto en el inciso 2º del art. 144 bis, que prevee una pena de uno a cinco años…”, planteó la magistrada, beneficiando al imputado con la duda.


La orden judicial de la polémica

La sentencia apartó la responsabilidad de la falta de previsiones a la hora de hacer cumplir la medida dispuesta, de la policía y la centró sobre la figura del Juez que emitió la orden de desalojo. La Dra. García dijo al respecto que “llego a la conclusión que en primer lugar el Juez, sin cuestionar los fundamentos del mandamiento, debió tomar todas las previsiones del caso, como conocedor del derecho y con el tiempo suficiente para pensar y adelantarse a las posibles consecuencias de la medida ordenada, debió ser claro para que lo entiendan los destinatarios de la orden, dar instrucciones detalladas de cómo proceder, por donde empezar, como terminar, que destino darle a las cosas inventariadas, donde trasladar a la familia Fermín si no tienen vivienda, que hacer con los animales, que medidas adoptar para evitar afectaciones a otros derechos, para que tenga un marco al que ceñirse, dejó una intervención compleja librada a la discrecionalidad del Jefe de Comisaria”.

Para la magistrada, tampoco El Khazen estuvo bien asesorado respecto de cuales eran sus derechos y como debía proceder al momento de efectivizarse la restitución.


Los desalojos desde la perspectiva de los derechos Civiles y Políticos

Transcribimos aquí un párrafo del voto de la Dra. García, que a su vez replicó una observación del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, referida a los alcances del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en relación a los desalojos. En ella fundó la magistrada su mirada crítica a la orden judicial que habilitó el procedimiento encabezado por Brandt. “…En el punto 4 dice: La práctica de los desalojos forzosos está muy difundida y afecta a las personas tanto en los países desarrollados como en los países en desarrollo. Dadas la interrelación y la interdependencia que existen entre todos los derechos humanos, los desalojos forzosos violan frecuentemente otros derechos humanos. Así pues además de infringir claramente los derechos consagrados en el Pacto, la práctica de los desalojos forzosos también puede dar lugar a violaciones de derechos civiles y políticos, tales como el derecho a la vida, el derecho a la seguridad personal, el derecho a la no injerencia en la vida privada, la familia y el hogar, y el derecho a disfrutar en paz de los bienes propios.-

Continúa en el párrafo 12. “el desalojo forzoso y el derribo de viviendas como medida punitiva son también incompatibles con las normas del Pacto. Asimismo el Comité toma nota de las obligaciones contenidas en los Convenios de Ginebra de 1949 y los Protocolos de 1977, en lo concerniente a las prohibiciones de los traslados de población civil y la destrucción de bienes de propiedad privada, en la medida en que guardan relación con la práctica de los desalojos forzosos.” En el punto 14 expresa: “Cuando se considere que el desalojo está justificado, debería llevarse a cabo con estricto cumplimiento de las disposiciones pertinentes de las normas internacionales de Derechos Humanos y respetando los principios generales de la razón y la proporcionalidad.” En el punto 16 sigue: “El Comité considera que entre las garantías procesales que se deberían aplicar en el contexto de los desalojos forzosos figuran: a)una auténtica oportunidad de consultar a las personas afectadas; b) un plazo suficiente y razonable de notificación a todas las personas afectadas con antelación a la fecha prevista para el desalojo; c) facilitar a todos los interesados, en un plazo razonable información relativa a los desalojos previstos y, en su caso, a los fines a los que se destinan las tierras o las viviendas; d) la presencia de funcionarios del gobierno o sus representantes en el desalojo, especialmente cuando éste afecte a grupos de personas; e) identificación exacta de todas las personas que efectúen el desalojo; f) no efectuar desalojos cuando haga muy mal tiempo o de noche, salvo que las personas afectadas den su consentimiento; g) ofrecer recursos jurídicos; y h) ofrecer asistencia jurídica siempre que sea posible a las personas que necesiten pedir reparación a los tribunales. En el punto 16 continúa los desalojos no deberían dar lugar a que haya personas que se queden sin vivienda o expuestas a violaciones de otros derechos humanos. Cuando los afectados por el desalojo no dispongan de recursos, el Estado Parte deberá adoptar todas las medidas necesaria, en la mayor medida que permitan sus recursos, par que se proporcione otra vivienda, reasentamiento o acceso a tierras productivas, según proceda.”


El fallo

1º) ABSOLVIENDO, sin costas, a CESAR RICARDO BRANDT; a EDUARDO QUIJON, a SANDRO DANIEL SILVA, de los delitos de ABUSO DE AUTORIDAD en concurso ideal con VIOLACION DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO en concurso ideal con VEJACIONES por los que fueron juzgados, con relación a los hechos ocurridos el día 15 de marzo de 2003 en el Lote 134 de la Colina Pastoril Cushamen que habrían damnificado a la Administración Pública y las personas de Mauricio Fermín, Carmen Uberlinda Soto, y Rogelio Casimiro Soto

2º) ABSOLVIENDO, sin costas, a MIGUEL ANGEL FLORES, del delito de VEJACIONES (art. 144 bis. inc. 2º del C.P.), por el que fuera juzgado, con relación a los hechos ocurridos el día 15 de marzo de 2003, en el Lote 134 de la Colonia Pastoril Cushamen, en perjuicio de Segunda Huenchunao y Hugo Omar Retamales.

3º) ABSOLVIENDO, sin costas, a JOSE DANIEL KEMER, DELICIO VAZQUEZ, CLETO SEGUNDO AVILES, HECTOR RAUL SEGUNDO, CARLOS DANIEL TORRES, CIRIACO FLORENTINO NAHUELQUIR, SERGIO FEDERICO ANTIECO, de sobrenombre “Checho”, argentino, D.N.I. nº 20.901.704, de treinta y nueve años de edad y a JORGE FERNANDEZ, del delito de VEJACIONES por el cual fueron sometidos a juicio, en calidad de PARTICIPES PRIMARIOS (y en relación con los hechos ocurridos en el Lote 134 de la Colonia Pastoril Cushamen, el día 15 de marzo de 2003 y que habrían damnificado a Mauricio Fermín, Carmen Uberlinda Jones y Rogelio Casimiro Fermín.

Sonia P. Vaamonde en 17:22

------------------------------------------------

Vuelta Del Rio, Maldita Justicia Winka vs Dignidad MapuChe

Por Mapuche Eskel Warria


Puel Mapu, Miércoles 11 de Junio de 2008

A todos los pu peñi pu lamgien
A las compañeras y compañeros

Ante el reciente fallo dictaminado por la justicia del superior tribunal de justicia de la ciudad de Eskel las juezas Nelly García, Cristina Jones y Carina Estefanía quienes decidieron absolver a los doce policías que directamente estuvieron involucrados en la causa de desalojo y maltrato a la Comunidad Mapuche de Vuelta del Río siendo la comunidad las verdaderas victimas del abuso y maltrato policial.
Una vez mas la justicia nefasta deja en evidencia con este fallo la impunidad negándonos todo derecho como Pueblo Originario. Nosotros como Pueblo nos preguntamos hasta cuándo vamos a permitir este tipo de atropello?

Es por eso que solicitamos reenviar este mail y hacer adhesión en repudio al fallo de la justicia a los siguientes correos o a quienes Uds crean conveniente

defgral@juschubut.gov.ar (defensoria general)
ofavi@mpf.gov.ar (oficina asistencia a la victima)
ufiddhh@mpf.gov.ar (unidad fiscal de coordinación de las causas de violación a los derechos humanos)
indigena@inai.gov.ar (Presidente del INAI Horacio Claudio Iramain)

POR JUSTICIA TERRITORIO Y LIBERTAD

MARICHI WEU! MARICHI WEU! (DIEZ VECES ESTAMOS VIVOS DIEZ VECES VENCEREMOS)

Mapuche Eskel Warria

-----------------------------------------------

Absolvieron a 12 policías que desalojaron a familia mapuche

Los doce policías de Chubut juzgados por el presunto abuso de autoridad que ejercieron al desalojar a una familia de la comunidad mapuche Vuelta del Río, en el noroeste provincial, fueron absueltos por las tres juezas que integraron el tribunal que llevó adelante el proceso. Cristina Jones, Nelly García y Carina Estefanía no coincidieron con el pedido de prisión que había efectuado la fiscalía e interpretaron que los policías actuaron cumpliendo lo que establecía la orden judicial. El hecho ocurrió en el año 2003 y la orden de desalojo, cuestionada por el tribunal, fue dada por el hoy juez destituido José Colabelli.

Por Info Chubut

El fallo absolvió a César Brandt, Eduardo Quijón y Sandro Silva de los delitos de abuso de autoridad en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público en concurso ideal con vejaciones. A Miguel Angel Flores por el delito de vejaciones y a José Daniel Kemer, Delicio Vázquez, Cleto Segundo Aviles, Héctor Raúl Segundo, Carlos Daniel Torres, Ciríaco Florentino Nahuelquir, Sergio Federico Antieco y Jorge Fernández por el delito de vejaciones.

Las juezas también coincidieron en su fallo en cuestionar el contenido de la orden judicial y la falta de previsión que esta presentaba frente a lo complejo de la situación. Para la cámara el personal policial “trató en todo momento de evitar mayores perjuicios a los ocupantes, que los que la propia orden les acarreaba”.

La jueza Jones inició la lectura de la sentencia con un detallado análisis de toda la prueba producida en el juicio y de las posturas alegadas por cada una de las partes. Uno de los puntos centrales del análisis estuvo centrado en el obrar de los policías al desarmar la vivienda que fueron a desalojar y si ese accionar fue o no lícito. Para definir esto uno de los aspectos considerados es si se concretó el lanzamiento de los ocupantes de la vivienda, previo a realizar la restitución a El Khazen.

RETIRO DE LOS OCUPANTES. Al respecto Jones reflexionó que “huelga decir que si se hubiera suspendido dicha entrega hasta que los Fermín se hubieran retirado por sus propios medios del lugar, o hubieran sido lanzados por la fuerza pública atento la resistencia al deshaucio que ya se estaba gestando con la llegada de otros integrantes de la Comunidad de Vuelta del Río, como eran las nombradas Segunda Huenchunao y Fidelina Huilinao, Daniel Calfupán y Hugo Retamales, seguramente esta causa no se hubiese iniciado. Pero puestos frente a los hechos consumados, luce también razonable el convencimiento alegado por Brandt en su descargo, de que al momento de disponer la restitución a El Khazen, los Fermín se iban a retirar, ya que tanto Uberlinda Jones como Rogelio Fermín, ya se habían retirado, aparentemente a buscar un lugar para llevar las cosas o autorización de algún vecino para trasladar los animales y Don Mauricio Fermín también se había dirigido con el carro cargado, como vimos en dirección hacia lo de Calfupán", relata en su informe de prensa la fiscalía.

"En ese contexto, Brandt decidió restituir la propiedad a El Khazen y este tomó la decisión de derrumbar la casa para evitar que los “usurpadores” regresasen. Las juezas entendieron que con la escueta orden judicial, los policías no contaban con elementos que les permitieran pensar que El Khazen podía no tener derecho a hacer algo así. “Y es en ese contexto fáctico que el Oficial Brandt, decide efectivizar la segunda parte de la encomienda que era la restitución del predio a El Khazen y este toma la decisión y la iniciativa de desarmar la casa, ignorando también, seguramente, que el desalojo se había ordenado no en el marco de una sentencia definitiva, sino como medida cautelar, pero en la convicción transmitida a los policías y testigos civiles presentes, de que si dejaba la casa en pie, los supuestos usurpadores volverían a ocuparla”, indicó Jones.

"Puesta la autoridad policial, en la difícil obligación de tener que cumplir la orden judicial, en la forma en que había sido dispuesta, su accionar se ajustó a la misma, al modo en que se fueron precipitando los sucesos dentro de una situación dinámica que se fue desarrollando durante horas y a la intención o al criterio de causar el menor daño posible a los desocupados, según lo invocaron fundamentalmente los acusados Brandt y Quijón, en el transcurso de sus alegatos finales", consideró la jueza.

SIN MORTIFICACIONES. El fiscal había planteado que Mauricio Fermín, Rogelio Fermín y Carmen Uberlinda Jones, sufrieron mortificaciones morales excesivas y abusivas, al producirse la destrucción de la vivienda, alambrados, cercos, huerta, etc, en su presencia, así como también que no se les permitiera utilizar sus pertenencias para abrigarse y subsistir en el lugar.

Las juezas comprendieron que esto no ocurrió así, según lo que se probó en el juicio. “…Se ha probado en forma indiscutible que si los nombrados padecieron las consecuencias negativas de quedarse sin vivienda, fue porque no se tomó ninguna previsión al respecto antes de librarse el mandamiento y porque decidieron por propia voluntad permanecer en el lugar prácticamente a la intemperie o guarecidos bajo unas chapas, movidos por su determinación de resistir el desalojo".

ORDEN POLÉMICA. La sentencia apartó la responsabilidad de la falta de previsiones a la hora de hacer cumplir la medida dispuesta, de la policía y la centró sobre la figura del juez que emitió la orden de desalojo. La doctora García dijo al respecto que “llego a la conclusión que en primer lugar el juez, sin cuestionar los fundamentos del mandamiento, debió tomar todas las previsiones del caso, como conocedor del derecho y con el tiempo suficiente para pensar y adelantarse a las posibles consecuencias de la medida ordenada, debió ser claro para que lo entiendan los destinatarios de la orden, dar instrucciones detalladas de cómo proceder, por donde empezar, como terminar, que destino darle a las cosas inventariadas, donde trasladar a la familia Fermín si no tienen vivienda, que hacer con los animales, que medidas adoptar para evitar afectaciones a otros derechos, para que tenga un marco al que ceñirse, dejó una intervención compleja librada a la discrecionalidad del Jefe de Comisaría”.

Para la magistrada, tampoco El Khazen estuvo bien asesorado respecto de cuales eran sus derechos y como debía proceder al momento de efectivizarse la restitución.

http://www.infochubut.com/modules.php?name=News&file=article&sid=11231

Pueblo Mapuche

Fuente: prensafiscaliaesquel.blogspot.com
http://prensafiscaliaesquel.blogspot.com/2008/06/desalojo-de-vuelta-del-ro_11.html

Erradican el nombre del genocida Roca en una calle de El Bolson

Erradican el nombre del genocida Roca en una calle de El Bolson

Un grupo de vecinos autoconvocados para erradicar nombres de genocidas de los espacios públicos, realizó el jueves 25 un ...

Leer más

Proyectan el 1er barrio intercultural en San Martin

Proyectan el 1er barrio intercultural en San Martin

Se utilizarán 100 hectáreas de tierras ubicadas cerca de Hua Hum. En el área vive la comunidad mapuche Curruhuinc ...

Leer más

Por Presos Políticos Mapuche cortan el tránsito en Temuco

Por Presos Políticos Mapuche cortan el tránsito en Temuco

Estudiantes Mapuche en la Ciudad de Temuco por medio del juego tradicional del Palín, cortaron el tránsito vehicular en el s ...

Leer más

Empeora salud de Presos Politicos Mapuche en huelga de hambre

Empeora salud de Presos Politicos Mapuche en huelga de hambre

SANTIAGO DE CHILE, 28 (ANSA) - La salud de cinco detenidos Mapuche en huelga de hambre desde hace 18 días se ha deteriorado not ...

Leer más

Pasó otro invierno sin acuerdo por las tierras de Chapelco

Pasó otro invierno sin acuerdo por las tierras de Chapelco

La incertidumbre por el rechazo Mapuche a la propuesta oficial de regularización de las tierras que caen dentro de la concesi&o ...

Leer más

Jornada internacional por Presos Politicos Mapuche en huelga de hambre

Jornada internacional por Presos Politicos Mapuche en huelga de hambre

Las organizaciones y personas solidarias con la lucha y el ejercicio del derecho a la libre determinación del Pueblo Mapuche ...

Leer más

Solidaridad desde la Cárcel de Victoria con PPM en Huelga de hambre

Solidaridad desde la Cárcel de Victoria con PPM en Huelga de hambre

“Los Hermanos Mapuche, en su gran mayoría dirigentes y werquenes de las diferentes comunidades Mapuche que han venido luc ...

Leer más

Juicio por usurpación al Inal Longko Victor Antiman en Neuquén

Juicio por usurpación al Inal Longko Victor Antiman en Neuquén

Víctor Antiman es Longko del Lof Linares e Inan Logko de la Confederación Mapuce de Neuquén. Mañana jueves ...

Leer más

Comenzó juicio a Mapuche por ocupación de tierras

Comenzó juicio a Mapuche por ocupación de tierras

JUNÍN DE LOS ANDES (ASM).- Un juicio correccional por supuesta usurpación de tierras que los Mapuche reclaman como propia ...

Leer más

Iniciarán juicio por “usurpación” a Longko Mapuche

Iniciarán juicio por “usurpación” a Longko Mapuche

A dos años de la reafirmación territorial en Ruka Ñanco las Autoridades Mapuce de la zonal Wilice (sur) y la C ...

Leer más

Amnistía Internacional preocupada por Judicialización a Mapuche en Chile

Amnistía Internacional preocupada por Judicialización a Mapuche en Chile

Constituyen motivo de preocupación para Amnistía Internacional las continuas denuncias e informaciones sobre diversos ...

Leer más

Dos Presos Mapuche solidarizan con Huelga de Hambre de PPM en Angol y Concepción

Dos Presos Mapuche solidarizan con Huelga de Hambre de PPM en Angol y Concepción

Desde el 10 de Octubre los Presos Políticos Mapuche en la cárcel de Angol: Jaime Marileo, Patricia Troncoso, Jos&eacu ...

Leer más

Huilliche exigen a Chile solución y respuesta por denuncia ante CIDH–OEA

Huilliche exigen a Chile solución y respuesta por denuncia ante CIDH–OEA

Tanto en Santiago como en Puerto Montt, la Comunidad “PEPIUKËLEN” encabezado por su werkén, Francisco ...

Leer más

Detienen en Italia a Mapuche que protestaban por Presos Políticos Mapuche

Detienen en Italia a Mapuche que protestaban por Presos Políticos Mapuche

Portaban banderas reclamando la libertad de los Presos Políticos Mapuche. Una de las detenidas es la documentalista y r ...

Leer más

Mapuche detenidos por quemar bandera chilena y muñeco de Bachelet

Mapuche detenidos por quemar bandera chilena y muñeco de Bachelet

Al menos cinco estudiantes universitarios Mapuche de la Región de la Araucanía fueron detenidosluego de quemar un mu&ntil ...

Leer más

Cortes de Ruta en el Alto Bio Bio en rechazo a proyecto de GEOTERMICA

Cortes de Ruta en el Alto Bio Bio en rechazo a proyecto de GEOTERMICA

El pasado lunes 21 de octubre, en el territorio mapuche de callaqui, comuna del alto bio bio. alrededor de 30 manifestantes procediero ...

Leer más

Exigen Cierre Definitivo de Basural de la Comuna de Loncoche

Exigen Cierre Definitivo de Basural de la Comuna de Loncoche

…”Comunicamos que no estamos dispuestos en continuar soportando todas las graves consecuencias que acarrea este basural y ...

Leer más

Río Negro: El CAI anunció que avanzará en la lucha política

Río Negro: El CAI anunció que avanzará en la lucha política

El Consejo Asesor Indígena fue una de las organizaciones mapuches que participó en el encuentro Patagonia: Nuevos Escena ...

Leer más

Seis Mapuche condenados por agresión a fiscales chilenos

Seis Mapuche condenados por agresión a fiscales chilenos

Seis de los once comuneros mapuches de la comunidad Juan Paillalef, fueron sentenciados con penas de cárcel por cargos con moti ...

Leer más

Expulsan a SN Power de territorio Mapuche de Liquiñe

Expulsan a SN Power de territorio Mapuche de Liquiñe

Las comunidades de Jose Neculfilo y Vicente Pitrillan del sector de Karvrvgi – carreriñe Likiñe, comuna de Panguip ...

Leer más

Finalizó Juicio por “usurpación” al Longko Victor Antiman en Junín de los Andes

Finalizó Juicio por “usurpación” al Longko Victor Antiman en Junín de los Andes

El jueves 25 de Octubre por la noche en Junín de los Andes finalizó el juicio por “usurpación” al Lon ...

Leer más

3er Comunicado de Presos Políticos Mapuche en huelga de hambre

3er Comunicado de Presos Políticos Mapuche en huelga de hambre

A más de 12 día en Huelga sus demandas son: Libertad inmediata a todos los Presos Políticos Mapuche en las dis ...

Leer más

Mapuche recuperan de tierras y exigen devolución de patrimonio arqueológico

Mapuche recuperan de tierras y exigen devolución de patrimonio arqueológico

Aduciendo antecedentes históricos que datan de más de 300 años la comunidad lafkenche de Paicaví, este mar ...

Leer más

Categórico Rechazo Mapuche a Hidroeléctricas en Región de Los Ríos

Categórico Rechazo Mapuche a Hidroeléctricas en Región de Los Ríos

Las autoridades mapuche de Karvrvgimapu amenazados por lo que sería la construcción de centrales hidroeléctricas ...

Leer más

Coordinadora Arauco Malleco apoya huelga de hambre de los PPM y sus exigencias

Coordinadora Arauco Malleco apoya huelga de hambre de los PPM y sus exigencias

La Coordinadora de Comunidades Mapuche en Conflicto, Arauco Malleco (CAM) como expresión actual de la lucha milenaria de resist ...

Leer más

Comunidad Felipin: Sólo se ve cómo el petróleo genera divisas

Comunidad Felipin: Sólo se ve cómo el petróleo genera divisas

A 80 km al oeste de Zapala se encuentra la comunidad mapuche Felipín, allí 64 familias viven de la cría de cab ...

Leer más

11 de Octubre: Madryn de luto

11 de Octubre: Madryn de luto

Comunidades originarias de la costa atlántica, entre ellas la comunidad Pu Fotum Mapu (Hijos de la Tierra) se reunieron para ...

Leer más

Solidario español con Mapuche aclara por su detención, juicio y expulsión de Chile

Solidario español con Mapuche aclara por su detención, juicio y expulsión de Chile

Álvaro Briales, 22 años, fue irregular y arbitrariamente detenido con un montaje encima que lo involucraba como ...

Leer más

Comunicado de los Presos Politicos Mapuche en Huelga de hambre indefinida

Comunicado de los Presos Politicos Mapuche en Huelga de hambre indefinida

El 15 de Octubre los Presos Politicos Mapuche recluídos en la carcel chilena de Angol cumplieron cínco días de Hue ...

Leer más

Longko Llanquileo Preso Politico Mapuche se suma a la Huelga de Hambre

Longko Llanquileo Preso Politico Mapuche se suma a la Huelga de Hambre

A la ya Huelga seca iniciada en la Cárcel de Angol por los prisioneros Políticos Mapuche: Jaime Marileo, Patricia Troncoso, ...

Leer más


Arriba