Pueblo Mapuche
Bariloche reconoce la preexistencia del Pueblo MapuChe
Bariloche reconoce la preexistencia del Pueblo MapuChe
A comienzos de enero se deberá jurar la nueva Carta Orgánica de la ciudad rionegrina. Los debates en el seno de la Convención Actualizadora fueron arduos, pero noches atrás el plenario aprobó la incorporación de varios artículos novedosos. Hay satisfacción MapuChe.
Por Adrián Moyano
El asesor letrado de la Convención Actualizadora de la Carta Orgánica de Bariloche (Puelmapu) valoró en forma sustantiva la incorporación de los Derechos MapuChe al texto que se debería jurar a principios de enero. Según el abogado Darío Rodríguez Duch, a partir de su sanción “Bariloche se va a ubicar en un lugar de privilegio” en términos de legislación indígena. Por su parte, Felisa Curamil, una de las Mapuches que participó del proceso, señaló que hubo varios convencionales que se incomodaron cuando se introdujeron términos como “pueblo-nación” o “autodeterminación”.
Si bien todavía resta la sanción definitiva de la reforma, los artículos que se aprobaron en los últimos plenarios establecen que la Municipalidad de Bariloche “reconoce la preexistencia del Pueblo MapuChe y de los demás pueblos originarios de la región” y que adhiere “al plexo normativo vigente en materia indígena”. También “garantiza el respeto a su identidad y promueve el derecho a una educación bilingüe e intercultural que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, cosmovisión e identidad étnica”, entre otras consideraciones.
En Río Negro y otras provincias de la Argentina, la Carta Orgánica es a las ciudades la norma que equivale a la Constitución para todo el país, es decir, se fijan allí los grandes lineamientos a los que deberá ajustarse la administración municipal en cuanto a su estructura de gobierno, derechos, deberes y garantías de los ciudadanos, políticas de Estado y otras regulaciones, como preservación del medioambiente y delimitaciones jurisdiccionales.
Para el Pueblo MapuChe de Bariloche, todo indica que el final será feliz. Pero el camino no estuvo exento de dificultades. “Fue un proceso muy interesante porque dentro del plazo de presentación de proyectos, se elaboraron distintas iniciativas, como la de Vecinos por la Carta (un grupo independiente), del ARI (oposición), del Frente para la Victoria (oficialismo) y del radicalismo (el otro partido tradicional). Pero las organizaciones Mapuche locales también hicieron un texto de consenso, que presentaron formalmente. Sinceramente, había bastantes diferencias entre el texto que presentaron los Mapuche y las propuestas que hacían los convencionales”, reseño Rodríguez Duch.
El asesor de la Convención es precisamente, un especialista en materia de legislación indígena. En los últimos 10 años, patrocinó legalmente a decenas de comunidades MapuChe en conflicto. Esa distancia inicial “ameritó un acercamiento. Los convencionales me pidieron que fuéramos cruzando las propuestas para acercarlas, porque realmente las diferencias eran muchas. Por ejemplo, el Pueblo MapuChe pedía que se incluyera una frase en el preámbulo o que se creara un consejo a nivel estatal que tuviera el 1,5 por ciento del presupuesto del municipio. Además, utilizaron una terminología que fue muy difícil de acercar, pero el texto que quedó se fue acordando de a poco y realmente, las organizaciones quedaron conformes con el producto. Obviamente, había algunos convencionales con los cuales ya veníamos trabajando y estaban muy asesorados y otros que no. Conclusión: la sesión de la comisión fue bastante compleja”.
Escozor
Según describió el abogado, “había términos, concretamente Pueblo-nación MapuChe, que producían mucho escozor entre algunos convencionales. Fueron varios los que se oponían por completo a la incorporación de esa expresión, incluso te diría que eran más de la mitad los que se oponían. El artículo que se trabajó era más bien descriptivo y hacía honor al artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, pero nos tomamos el trabajito de conseguir todos los artículos provinciales y de algunas cartas orgánicas, como la de Zapala (Neuquén), para que todos los convencionales tuvieran copia. Eso sirvió, porque muchos decían: si ya está en la Constitución, ¿para qué vamos a regularlo? Fue un tema de fuerte discusión pero al ver los convencionales que el tema está regulado prácticamente en todas las provincias donde hay indígenas, dijeron bueno: hay que reconocer que hay indígenas... Más allá de que les gustara o no la palabra MapuChe”.
En definitiva, “tomamos algunas ideas del artículo 75 inciso 17, otras del Convenio 169 de la OIT y algunas del Convenio de Biodiversidad, como el artículo 8 J, que ellos mismos habían buscado y bueno, prácticamente se incluyó el 95 por ciento de lo que se había propuesto. De alguna manera, se pudo aprovechar el canal de diálogo que pudimos dar. Bariloche se merecía tener en su Carta Orgánica estos conceptos, creo que la van a ubicar en un lugar de privilegio en cuanto al respeto que corresponde hoy a los Pueblos Originarios”, concluyó Rodríguez Duch.
Por su parte, Felisa Curamil recordó que “había una propuesta que habíamos hecho nosotros como Pueblo MapuChe, entre las organizaciones y comunidades que nos convocamos hace bastante tiempo, cuando se empezó a hablar del tema de la Carta Orgánica. Había muchos que estaban hablando sobre el tema de los derechos de los Pueblos Originarios, pero nosotros creíamos que teníamos que ser nosotros mismos los que propusiéramos nuestro pensamiento y nuestra propuesta. Entonces, armamos un texto y cuando llegó el momento de presentarlo, lo hicimos. Se discutió bastante entre los convencionales pero en principio, estamos de acuerdo con como quedaron los artículos. Se habla del Pueblo MapuChe como preexistente”.
De todas maneras, los Mapuche tuvieron que hacer frente a una ardua deliberación. “Ellos nos plantearon por qué había que reconocer al Pueblo MapuChe y no a otros pueblos. Nosotros les dijimos que esta propuesta se había trabajado desde el Pueblo MapuChe y que considerábamos que si acá estuvieran los hermanos comechingones o koyas, que también son Pueblos Originarios, también hubieran presentado sus propuestas. Pero en este caso, el Pueblo Originario de FuriLofChe (denominación de Bariloche en idioma mapuche) es el Pueblo MapuChe. Por su historia, esta ciudad se desarrolló dentro del Territorio MapuChe, que inclusive se extiende pasando la cordillera, con los hermanos de Gulumapu. La frontera la pusieron los Estados, no es una cuestión nuestra. La ciudad está asentada en Territorio MapuChe y nosotros hablamos en base a nuestra identidad como Pueblo MapuChe”, señaló la mujer.
Para Felisa, nieta de la legendaria PillanKuze Rosa Prafil, “hay convencionales de la ciudad de Bariloche y también representantes provinciales, nacionales e internacionales, que no conocen de derechos indígenas. No conocen los términos, por eso cuando nosotros hablamos de Pueblo-nación MapuChe o de autodeterminación se incomodan. No terminan de entender los conceptos de los cuales estamos hablando y por eso, siente resquemor. Creo que en algún momento van a entender, inclusive algunos reconocieron que la propuesta que nosotros habíamos hecho les sirvió para aprender y conocer. Dijeron que les hizo pensar muchísimo”. Más vale tarde que nunca...
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Los artículos
Aún la Comisión Redactora de la Convención no finalizó con su trabajo y por eso los artículos todavía no cuentan con numeración. Pero así se aprobaron:
Art : La Municipalidad de San Carlos de Bariloche reconoce la preexistencia del Pueblo Mapuche y de los demás pueblos originarios de la región, adhiriendo al plexo normativo vigente en materia indígena.
Art : Garantiza el respeto a su identidad y promueve el derecho a una educación bilingüe e intercultural que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, cosmovisión e identidad étnica; procurando su desempeño activo en un mundo multicultural y el mejoramiento de su calidad de vida.
Art : Reivindica el valor de su cultura y espiritualidad, respetando la integridad de sus lugares sagrados. Apoya el desarrollo, la conservación y el reconocimiento de los derechos sobre su patrimonio cultural, histórico, lingüístico, ritual y artístico.
Art. : Reconoce a sus comunidades, organizaciones y respeta sus propias instituciones políticas, sociales y culturales; promoviendo la interacción y el intercambio de las mismas con sus comunidades urbanas y rurales de origen.
Art : Reconoce la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan y contribuye en la realización de gestiones destinadas a la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano.
Art : Asegura su participación en la gestión referida a los recursos naturales y a los demás intereses que los afecten mediante un sistema de consulta previa con sus comunidades e instituciones representativas. Proyecta y promueve la implementación y el desarrollo del etno-turismo en sus territorios tradicionales.
Art : Respeta, preserva y mantiene los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de los pueblos originarios que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica; garantizando su participación en la recuperación, protección y conservación de la misma.
Art : El estado municipal dicta normas y realiza acciones positivas tendientes a garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos consagrados en el presente capítulo.
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